Los colegiados del COITPV-EHTIEO y a la
AEIT pagan una única cuota de 132.82 euros anuales (IVA incluido),
cuyo pago se divide en dos cuotas de 66.41euros. En el mes de abril se pasa
el recibo por el primer semestre del año y en el mes de octubre el
correspondiente al segundo.
| Distribución del importe de la cuota: |
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El 30% de la cuota se destina al Colegio de Ingenieros
de Telecomunicación COIT. |
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El 70% de la cuota se destina a la Asociación Española
de Ingenieros de Telecomunicación AEIT. |
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Según el acuerdo de colaboración entre las asociaciones
autonómicas y la AEIT, el 70% del importe correspondiente a la
AEIT de las cuotas de las asociados residentes en la CAPV se transfieren
a laCOITPV-EHTIEO. |
Es decir: un 49% de la cuota de un colegiado del País Vasco repercute
en el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación del País
Vasco COITPV-EHTIEO. El 21% restante queda en la AEIT. |
| Reducción de cuotas: |
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Tendrán derecho a una reducción del 50% de las cuotas
los colegiados y/o asociados que se encuentren becados o en situación
de desempleo, siempre que se adjunte el justificante del INEM o se demuestre
la situación de becado. La duración de la beca debe ser
igual o inferior a seis meses. La situación que origine la reducción
del pago de cuotas deberá justificarse de forma reiterada en
los meses de marzo y septiembre de cada año. |
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Igualmente tendrán derecho a una reducción del 50% de
las cuotas los colegiados y/o asociados mayores de 65 años que
justifiquen la percepción de una pensión de jubilación.
A esta situación serán asimilados todos aquellos colegiados
y/o asociados, sin limitación de edad, que acrediten una situación
de invalidez permanente en grado absoluto o gran invalidez. |
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Los Estudiantes Colegiados estarán exentos del pago de cuotas
durante el periodo máximo de dos años que pueden permanecer
en esa situación. |
Todas las condiciones que reducen el pago de cuotas, deben ser justificadas
periódicamente. En el supuesto de no recibir confirmación
de esta situación se entenderá que ha dejado de pertenecer
a la misma y que por tanto se autoriza el cargo en su cuenta, indicada
en la hoja de domiciliación bancaria, de las cuotas sucesivas
correspondientes. |